Argumentos para defender el statu quo
"No hay ninguna duda, el derecho a tener siervos de la gleba es violado por el derecho a transformarlos en ciudadanos libres. El derecho a tener esclavos es violado por su liberación, y el derecho a explotar salvajemente es violado por el derecho a trabajar tan sólo ocho horas. El derecho a tener derecho, entonces, deja de ser abstracto, pierde su condición teórica, cuando es garantizado para todas y todos. Antes no, antes sólo legaliza privilegios, y el objetivo elemental de cualquier programa democrático es poner fin a los privilegios fundados en ley."
domingo, 21 de abril de 2013
Justicia y diKtadura
Argumentos para defender el statu quo
Por Alejandro Horowicz / Tiempo Argentino
domingo, 21 de abril de 2013
Justicia y diKtadura
Argumentos para defender el statu quo
Por Alejandro Horowicz / Tiempo Argentino
Si algo enseña la historia nacional es que las dictaduras siempre contaron con el sometimiento irrestricto del Poder Judicial.
Todos los que participamos alguna vez en una institución reglada –club, sindicato, facultad, partido político– sabemos que una cosa son los "objetivos" de su carta orgánica, y otra su práctica cotidiana. No pocas veces una cosa desvirtúa a la otra. En más de una oportunidad presencié cómo la voluntad reformista de un participante bienintencionado era cercenada por un hábil conocedor del reglamento. "Eso no se puede, ya que viola los artículos tales y cuales", decía orondo y la cuestión se archivaba sin culpa. Si no se puede… no se puede, la ley está para cumplirse y no para pasar impunemente sobre ella, nos recordaban los más doctos que por lo general eran abogados.
No hay una sola institución del orden existente que no haya colapsado, o esté a punto de colapsar. Basta pensar en un hospital, en una escuela, en una comisaría o en un juzgado, para saber que esto es efectivamente así. Nadie cree que aquí se vive en el mejor de los mundos, y muy pocos se atreven a sostener que las cosas no deban cambiarse.
Ahora bien, a la hora de promover los cambios, los conocedores del reglamento vuelven a intentar inmovilizarnos. Parten del contrato, del derecho, y pasan a enunciar qué garantías son dejadas de lado. Cada vez que se propone modificar sustantivamente un orden institucional –en este caso el Consejo de la Magistratura– sus defensores "secretos y públicos" explican por qué no. Nunca consideran el problema, jamás visualizan qué derechos ni siquiera han sido considerados, a quiénes no se les garantiza absolutamente nada, dado que los derechos adquiridos son sagrados y los "derechos por adquirir" violan, lesionan, los adquiridos.
Vamos a evitar chicanas baratas. No hay ninguna duda, el derecho a tener siervos de la gleba es violado por el derecho a transformarlos en ciudadanos libres. El derecho a tener esclavos es violado por su liberación, y el derecho a explotar salvajemente es violado por el derecho a trabajar tan sólo ocho horas. El derecho a tener derecho, entonces, deja de ser abstracto, pierde su condición teórica, cuando es garantizado para todas y todos. Antes no, antes sólo legaliza privilegios, y el objetivo elemental de cualquier programa democrático es poner fin a los privilegios fundados en ley.
De modo que el método no es una ingenuidad "científica". O partimos del derecho o partimos de los hechos. El cambio de objeto impone un cambio de método, y los resultados suelen diferir. Nosotros partimos de hechos terribles: El modo en que la justicia "trató" los casos de Marita Verón y las hermanas Jara.
Dicen que la división de poderes garantiza la democracia, y los "votos" no lo permiten todo, un propósito de la dictadura K es – sostiene la doctora Carrió– avasallar "la justicia" (se refiere al Poder Judicial). ¿Acaso una dictadura puede serlo sin contar con el Poder Judicial?
Ergo, una dictadura que no cuenta con el Poder Judicial ¿Cómo se ejerce. Esta contradicción y ninguna otra parecieran detener los ¿dislates? de la doctora Carrió, experta en Derecho Constitucional, pero imponen una elemental revisión.
El acosador al ser rechazado recibió algunas lesiones, las pericias resultan contradictorias; lesiones leves, una; lesiones graves, la otra. Pero a la hora de la verdad, el Tribunal en lo Criminal Número 2 de Mercedes condenó a las hermanas Jara a cumplir dos años y un mes de prisión. Sin embargo, ordenó su "inmediata libertad" porque consideró que ya pagaron ese tiempo por el intento de homicidio de un hombre que quiso abusar de una de ellas.
Estos hechos entresacados de miles demuestran cómo ser mujer, joven y pobre impide ejercer derechos. Por cierto, esa es una franja vulnerable, pero no la única. Sólo mi colosal ignorancia sobre la práctica jurídica real, al decir de los conocedores, explica mi furia. Es práctica habitual, me dicen. Pues bien, los que sacralizan la independencia del Poder Judicial defienden este comportamiento. Cuando la oposición al atacar al gobierno cuestiona la iniciativa misma de reformar la justicia, sabe demasiado bien lo que hace. En lugar de mejorar la propuesta oficial, que tiene costados débiles como los señalados por el CELS, la rechaza in totum. Este comportamiento es completamente funcional al statu quo: nada se toca para que todo siga igual.
También recuerdo las intervenciones políticas de Jorge Enea Spilimbergo, que había pasado por la Facultad de Derecho pero tenía otro espíritu. Decía, enfático: "no me explique por qué no se puede hacer, explíqueme cómo hacer para que se pueda". Ese era y sigue siendo el asunto a resolver, el otro enfoque se propone conservar lo que está tal como está. Y en una sociedad con semejante rango de deterioro institucional, conservar por único propósito, sirve para acentuar el plano inclinado de la decadencia en curso. Estoy hablando por supuesto de la justicia y de la necesidad de reformarla.
No hay una sola institución del orden existente que no haya colapsado, o esté a punto de colapsar. Basta pensar en un hospital, en una escuela, en una comisaría o en un juzgado, para saber que esto es efectivamente así. Nadie cree que aquí se vive en el mejor de los mundos, y muy pocos se atreven a sostener que las cosas no deban cambiarse.
Ahora bien, a la hora de promover los cambios, los conocedores del reglamento vuelven a intentar inmovilizarnos. Parten del contrato, del derecho, y pasan a enunciar qué garantías son dejadas de lado. Cada vez que se propone modificar sustantivamente un orden institucional –en este caso el Consejo de la Magistratura– sus defensores "secretos y públicos" explican por qué no. Nunca consideran el problema, jamás visualizan qué derechos ni siquiera han sido considerados, a quiénes no se les garantiza absolutamente nada, dado que los derechos adquiridos son sagrados y los "derechos por adquirir" violan, lesionan, los adquiridos.
Vamos a evitar chicanas baratas. No hay ninguna duda, el derecho a tener siervos de la gleba es violado por el derecho a transformarlos en ciudadanos libres. El derecho a tener esclavos es violado por su liberación, y el derecho a explotar salvajemente es violado por el derecho a trabajar tan sólo ocho horas. El derecho a tener derecho, entonces, deja de ser abstracto, pierde su condición teórica, cuando es garantizado para todas y todos. Antes no, antes sólo legaliza privilegios, y el objetivo elemental de cualquier programa democrático es poner fin a los privilegios fundados en ley.
De modo que el método no es una ingenuidad "científica". O partimos del derecho o partimos de los hechos. El cambio de objeto impone un cambio de método, y los resultados suelen diferir. Nosotros partimos de hechos terribles: El modo en que la justicia "trató" los casos de Marita Verón y las hermanas Jara.
Dicen que la división de poderes garantiza la democracia, y los "votos" no lo permiten todo, un propósito de la dictadura K es – sostiene la doctora Carrió– avasallar "la justicia" (se refiere al Poder Judicial). ¿Acaso una dictadura puede serlo sin contar con el Poder Judicial?
Si algo enseña la historia nacional es que las dictaduras siempre contaron con el sometimiento irrestricto del Poder Judicial. No sólo porque pocos jueces tienden a ser heroicos, sino y sobre todo porque la compacta mayoría estaba consustanciada con el programa político de cada dictadura. Basta observar la inaugurada en marzo del '76 para ver hasta qué punto ese compromiso continuó más allá del '83, y del 2001.
Ergo, una dictadura que no cuenta con el Poder Judicial ¿Cómo se ejerce. Esta contradicción y ninguna otra parecieran detener los ¿dislates? de la doctora Carrió, experta en Derecho Constitucional, pero imponen una elemental revisión.
El gobierno K sumó cuatro de los siete integrantes de la Corte Suprema actual, jueces que vienen durando lo que nunca duraron, de modo que "fabricó" una mayoría previamente inexistente. Y es precisamente esa Corte la que procedió a la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, leyes que pusieron fin a la ausencia de punición por los crímenes aberrantes, e hicieron posible el "terrorismo judicial", nos informa La Nación, para transformar la derrota de la "subversión" en victoria K.
Recordemos la defensa de los integrantes de las tres juntas militares en 1985. Trataron de explicar que ellos no habían cometido ningún delito. Sostenían que las pruebas aportadas eran inconsistentes, que se trataba de "subversivos" que mentían por venganza, que cumplieron órdenes legales impartidas por un gobierno legal. No deja de resultar curioso que las "órdenes" tan escrupulosamente cumplidas hayan partido de un gobierno como el de María Estela Martínez de Perón, que ellos caracterizaron de "corrupto". Donde llegamos a esta paradojal consecuencia: las órdenes deben ser respetadas y el gobierno derrocado. Como se observa la coherencia de la doctora Carrió registra antecedentes.
LOS HECHOS A PENSAR. Cuando el gobierno tucumano solicitó el juicio político al juez penal Emilio Andrés Herrera Molina, desconociendo su renuncia al cargo, este calificó la decisión como "linchamiento público"; insistió en que el gobernador José Alperovich era "la única persona que tuvo en sus manos los medios institucionales, políticos, materiales y efectivos para dilucidar la triste desaparición de Marita Verón". Curioso comportamiento. Si Herrera Molina hubiera acusado a Alperovich antes de dar sentencia, estaríamos ante un conflicto inusual de poderes. El argumento sería este: la justicia sin pruebas no es justicia, y en este caso, las pruebas no sólo no fueron aportadas sino que fueron sistemáticamente impedidas por el gobierno provincial que ejerce el poder de policía. Al hacerlo después de la sentencia queda claro que esa justicia forma parte del entramado de complicidades que simula combatir.
Las hermanas Aylen y Marina Jara fueron detenidas en febrero de 2011; es que al defenderse de una agresión sexual nocturna lesionaron al atacante. El hombre disparó sobre las chicas. El arma no apareció, tampoco intentaron detectar rastros de pólvora en sus manos. Cosa que no sorprende, el acosador es conocido, en la zona de Moreno, por sus fluidos contactos con la policía. Por tanto pudo armar su historia en sede judicial, transformándose de agresor en víctima de un intento de homicidio.
El acosador al ser rechazado recibió algunas lesiones, las pericias resultan contradictorias; lesiones leves, una; lesiones graves, la otra. Pero a la hora de la verdad, el Tribunal en lo Criminal Número 2 de Mercedes condenó a las hermanas Jara a cumplir dos años y un mes de prisión. Sin embargo, ordenó su "inmediata libertad" porque consideró que ya pagaron ese tiempo por el intento de homicidio de un hombre que quiso abusar de una de ellas.
Estos hechos entresacados de miles demuestran cómo ser mujer, joven y pobre impide ejercer derechos. Por cierto, esa es una franja vulnerable, pero no la única. Sólo mi colosal ignorancia sobre la práctica jurídica real, al decir de los conocedores, explica mi furia. Es práctica habitual, me dicen. Pues bien, los que sacralizan la independencia del Poder Judicial defienden este comportamiento. Cuando la oposición al atacar al gobierno cuestiona la iniciativa misma de reformar la justicia, sabe demasiado bien lo que hace. En lugar de mejorar la propuesta oficial, que tiene costados débiles como los señalados por el CELS, la rechaza in totum. Este comportamiento es completamente funcional al statu quo: nada se toca para que todo siga igual.
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